Sanciones en caso de incumplimiento de la Ley WagwEU de Holanda
Si el empleador en el extranjero que está prestando un servicio en Holanda no cumple con las leyes laborales aplicables, la Inspección SZW puede imponer una multa que irán en función al número de trabajadores que tenga desplazados.
Si no se cumple con la obligación de notificar el desplazamiento , se podrá imponer sanciones al empleador en extranjero, al autónomo con el deber de notificar e incluso al destinatario del servicio. El empleador en el extranjero o autónomo con obligación a notificar también pueden ser sancionados con una multa si no cumplen con las obligaciones administrativas, obligación de información a las autoridades o no tener los documentos necesarios disponibles en el lugar de trabajo.
A continuación una tabla con el baremo sancionador:
Las cuantías de las sanciones mostradas en el cuadro son ‘multas estándar’, que pueden aumentarse o disminuirse según la situación en la que se cometió el delito. En Beleidsregel boeteoplegging Wet arbeidsvoorwaarden gedetacheerde werknemers en de Europese Unie, encontrarás los importes de todas las multas. También incluye situaciones en las que la multa puede aumentar en un 50% y situaciones en las que la multa se puede mitigar (= reducir) en un 25%, 50% o 75%.
Como se observa en el cuadro de arriba existen sanciones por no realizar la notificación previa de desplazamiento que varía en función del número de trabajadores desplazados sin declarar. Además, no contar con la documentación exigida por la Ley WagwEU en el lugar de trabajo puede ser castigado con una fuerte sanción al igual que no aportar la documentación a la inspección con 8 mil y 6 mil euros de multa respectivamente.
Por último, los clientes destinatarios de la prestación de servicios a Holanda tampoco se libran de sanción se no revisan la correcta transmisión de información en las notificaciones previas de desplazamiento.
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